Privilegio paulino
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        Exención a la indisolubilidad del matrimonio cuando, convertido a la fe un cónyuge, el otro no admite la convivencia pacífica. En consideración a la salvaguar­da de la fe, el vínculo queda anulado y las nuevas nupcias son eclesialmente reconocidas como válidas, lo cual no deja de plantear problemas jurídicos de entidad e incluso dudas morales. La Iglesia siempre lo ha defendido (Denz 405, 408, 2236).    (Ver Matrimonio 5.2.2.1)